Este es un servicio que no tiene ningún costo para el asociado, es prestado por Jardines de la Paz y los Olivos a nivel nacional según alianzas estratégicas con otras funerarias y parques cementerios. Contamos con el plan tradicional y se cancela mensualmente por medio del Fondo de solidaridad.
• Cada asociado tiene derecho a 7 beneficiarios hasta el tercer grado de consanguinidad.
• El cubrimiento para el titular y todos los beneficiarios será a partir del primer día de afiliación al plan.
• Este plan cubre desde el momento del fallecimiento hasta el lote o cremación, urna y cenizario a perpetuidad.
• Incluye seguro de solicanasta por $1.000.000.oo en caso de fallecimiento del titular para los que se encuentran afiliado con los Olivos, para el caso de Jardines de la Paz, seguro de vida de $2.000.000.oo por fallecimiento del titular.
Contratado con la compañía de seguros LA PREVISORA S.A. Esta póliza ampara a todos los asociados de Feinge por un valor de $ 10.000.000 a partir del momento que el formulario de afiliación sea radicado en la aseguradora; el amparo no contempla exclusiones, ni requiere de examen médico, el límite de edad es de 70 años. El valor de la prima es sufragado por Feinge a través del Fondo de Solidaridad, si algún asociado desea aumentar este valor lo podrá hacer autorizando el descuento por nomina mensualmente por la suma de $7.000.oo para incrementarlo hasta por $20.000.000.
Requisitos: Asociados. Diligenciamiento de los formularios de la aseguradora por parte de los asociados. En caso que el asociado desee que un familiar tome la póliza de vida o exequial, deberá cancelar la totalidad de la prima.
Monto: La Junta Directiva aprobará la cobertura total o parcial de las primas de las pólizas en mención, de acuerdo con los recursos del Fondo para Solidaridad que asigne la Junta Directiva.
Se entiende por incapacidad total o permanente, la sufrida por el asegurado que produzca lesiones orgánicas o alteraciones funcionales incurables, que impidan a la persona realizar cualquier tipo de trabajo remunerado, relacionado con su profesión u ocupación habitual, siempre que dicha incapacidad haya existido por un periodo no menor de 150 días.
La indemnización por este amparo no es acumulable al seguro de vida, para el pago de la indemnización de este amparo se tendrá como saldo insoluto aquel que se registre en la fecha en la cual la compañía informe por escrito a Feinge su aceptación respecto a la declaratoria de incapacidad del asegurado compañía y por lo tanto una vez pagada queda libre la compañía aseguradora en lo que se refiere al seguro de vida.
Con esta póliza se protege la deuda del asociado en caso de fallecimiento, hasta el monto insoluto de la deuda, como el capital no pagado más los intereses corrientes calculados hasta la fecha de fallecimiento del asegurado, en caso de mora de las obligaciones del asociado fallecido está póliza cubrirá los intereses moratorios y las primas del seguro de vida no canceladas por el deudor.
Estos seguros terminarán automáticamente en la fecha declaratoria de incapacidad total o permanente o en la fecha de fallecimiento del asegurado. También terminan para el asociado que se retire del Fondo desde el momento en que sea registrada su renuncia por la Junta Directiva.